Posicionamiento técnico Atecyr medidas eficiencia energética RDL 14/2022 Versión 2.0 rev, 22 de agosto de 2022

POSICIONAMIENTO DE ATECYR SOBRE EL RDL14/2022 DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
PROPUESTAS DE ATECYR AL

Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural.


Este documento recoge el posicionamiento de ATECYR sobre el Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, donde se incluyen 12 propuestas para tratar de reducir el consumo de energía de los edificios en el plazo agosto 22 – octubre 23, dada la necesidad urgente de reducir el consumo de Gas Natural por la situación derivada de la guerra de Ucrania.


El Documento consta de 2 partes:
1 POSICIONAMIENTO DE ATECYR (Pag 2-4)
2 PROPUESTAS DE ATECYR (Pag. 5-8)

POSICIONAMIENTO DE ATECYR
Desde la Asociación Técnica Española de Climatización y Refrigeración (ATECYR), estamos comprometidos con la eficiencia energética de los edificios, impulsando este objetivo mediante distintas acciones de formación y difusión a los técnicos del sector y de concienciación a los usuarios, con vistas a un futuro sector edificatorio con instalaciones térmicas totalmente descarbonizadas.

Motivado por esto, hay que poner en valor la gran cantidad de normativa que se ha aprobado en los últimos años en la Union Europea y destacar que España tiene definida una hoja de ruta clara y realista que llevará a tener un sector edificatorio descarbonizado en 2050, con hitos de eficiencia energética muy importantes en 2030 y 2040.

A nivel nacional, existe un Documento Básico de Ahorro de Energía (HE) en el Código Técnico de la Edificación (CTE) con exigencias muy importantes en materia de eficiencia energética y uso de energías renovables y residuales en edificios nuevos y rehabilitados, así como un Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), por lo que que podemos afirmar, tal y como está escrito en el RDL 14/2022, que España “cuenta con un marco normativo exigente para el consumo racional de energía”.

La existencia de este marco normativo en materia de eficiencia energética, no significa que se esté cumpliendo, y es precisamente en el cumplimiento donde se debería incidirse, controlando e inspeccionando adecuadamente las medidas de ahorro y eficiencia energética ya publicadas.

En este contexto, el país se enfrenta a la urgencia de reducir el consumo de Gas Natural el próximo invierno en al menos un 7%, además de incrementar las medidas de eficiencia energética en las instalaciones térmicas. Se trata de medidas que pretenden dar resultados de forma inmediata, publicadas con cierta urgencia y que quizá no se hayan analizado en detalle.

Consigna de refrigeración para la temperatura seca de 27ºC
La exigencia se ha elevado de 26ºC a 27ºC. Ya existía una medida de eficiencia energética, establecida en una modificación del RITE en el año 2009, que fijaba como temperatura seca mínima 26ºC. Este nuevo valor de 27ºC puede producir cierto disconfort térmico global en los usuarios, sobre todo en localidades con elevada humedad exterior, ya que con esta consigna el sistema puede tener dificultades para deshumectar.

Existe un problema importante en esta exigencia de temperatura mínima de 27ºC, ya que coincide con la temperatura máxima de los locales donde se realizan trabajos sedentarios propios de oficinas o similares (RD 486/1997 de seguridad y salud en los lugares de trabajo). Por tanto, de cara al usuario, únicamente se consideraría correcto un valor exacto de 27,0ºC. La temperatura interior fluctúa por el propio funcionamiento del sistema de climatización, lo que llevará a aparentes incumplimientos, o de la eficiencia energética (menos de 27,0ºC) o de la normativa de Seguridad y Salud (más de 27,0ºC).

Consigna de calefacción para la temperatura seca de 19ºC
En el régimen de calefacción, se ha bajado la temperartura seca de 21ºC a 19ºC. Se trata de una medida exigente que también puede causar molestias a los usuarios, pero que se puede solucionar utilizando un mayor índice de vestimenta (clo). Para que resulte efectiva, debe prohibirse el uso de radiadores eléctricos personales en edificios climatizados, disminuyendo, en la medida de lo posible, las molestias ocasionadas por altas estratificaciones del aire.

Cierre de puertas en espacios acondicionados
Esta medida ya está en vigor desde 2009, por tanto, aplíquese. En este RDL 14/2022 se ha matizado, pero en la práctica se trata de una medida que ya existía.

Información de medidas de eficiencia energética
Se trata de una medida que no va a producir ahorro de energía directamente, pero conveniente para concienciar a la población. Para establecimientos de mas de 1000 m2 ya era obligatoria desde 2009, pero se añade la obligación de tomar como referencia los nuevos límites de temperatura establecidos en el RDL 14/2022.

Adelanto de las inspecciones
La obligatoriedad de adelantar las inspecciones de aquellas instalaciones que ya la hayan pasado antes del 1 de enero de 2021, puede ser contraproducente para aquellos usuarios que habiendo cumplido con esta obligación, lleven un mantenimiento correcto de sus instalaciones.

La realidad es que el nivel de incumplimiento es muy alto, por lo que los esfuerzos se deberían dedicar a conseguir que se inspeccionen las instalaciones que no lo hayan hecho, no obligando a adelantarlas en aquellas en las que, habíendolas pasado satisfactoriamente, dispongan en sus informes de las propuestas pertinentes en materia de medidas de ahorro de energía.

Se debe aclarar que estas inspecciones son sólo obligatorias para instalaciones de más de 70 kW.

Mejoras para el fomento del autoconsumo
Desde ATECYR, se valora que se tomen medidas para reducir las barreras administrativas que vienen sufriendo este tipo de sistemas desde que empezaran a instalarse. Se trata de una tecnología fiable y eficiente cuyo uso se está generalizando.

Fomento de un Gas Natural más renovable
Desde la ATECYR, consideramos muy interesante que en el futuro pueda existir un gas renovable para su uso en las zonas climáticas más frías, donde las soluciones basadas en el consumo de energía eléctrica para la producción térmica de calor mediante ciclo de compresión presentan mayores dificultades.

Evidentemente, este gas debería ser trasportado y distribuido utilizando la infraestructura existente y la que se pueda proyectar y construir en los próximos años.

Uso de Procedimiento Negociado sin Publicidad por Causa de Imperiosa Necesidad
Es muy importante que las medidas de eficiencia energética sean consideradas de “imperiosa necesidad” a efectos de la Contratación Pública de obras y suministros. No obstante, se considera que el RDL 14/2022 se ha quedado muy corto en el periodo de aplicación, pues lo limita a diciembre de 2022.

PROPUESTAS DE ATECYR
Como asociación técnica española en el sector de la climatización y la refrigeración, desde Atecyr hacemos las siguientes propuestas con el ánimo de aportar soluciones que nos acerquen a la reducción urgente del consumo de energía.

Nuestro posicionamiento y recomendaciones deben ir acompañados de un compromiso de los responsables de cada ámbito competencial que haga que se cumplan las normas existentes, y que todos los agentes del sector se responsabilicen de su cumplimiento: titulares de instalaciones, proyectistas, empresas, instaladores, mantenedores y administraciones públicas. Es nuestro compromiso y responsabilidad para reducir el consumo de energía, como paso previo a la descarbonización, que sólo alcanzaremos si trabajamos juntos y de forma solidaria.

Propuesta 1.- Promover el asesoramiento técnico a las propiedades
Debe tenerse en cuenta que los altos precios del suministro de Gas Natural y de la Energía Eléctrica obligan a aplicar medidas de eficiencia energética. En este sentido, los técnicos del sector pueden asesorar a las propiedades para que inviertan de forma efectiva en la mejora de la eficiencia energética de sus edificios. Las soluciones de eficiencia energética deben estar realizadas a medida, puesto que son diferentes en función del edificio, sus instalaciones, su uso, entorno y zona climática.

Dado que se buscan soluciones que den resultados a corto plazo, se deben promover actuaciones de operación de las instalaciones. Por ejemplo, actuar en los sistemas de control o de forma manual para que las instalaciones de climatización y las luminarias cubran las necesidades de los usuarios sin derroches. Se trata de medidas de inmediato retorno y de bajo coste de implantación que pueden ser propuestas por las empresas mantenedoras y ejecutadas por las mismas y por los usuarios.

Todas estas medidas sólo pueden ser evaluadas y propuestas por técnicos del sector de las instalaciones térmicas de la edificación. Sería conveniente promover la realización de este tipo de asesoramiento a las propiedades.

Propuesta 2.- Límite de la temperatura mínima de refrigeración
La limitación de la temperatura de refrigeración a 26ºC ya era suficiente. Se tendría que haber mantenido e incidir en su cumplimiento real. Más aún, en zonas con alta humedad exterior, se deberían permitir temperaturas menores. Se trata de fijar unos valores realistas y exigibles y que su incumplimiento se aprecie como una conducta poco solidaria.

La exigencia de 27ºC es tan elevada, que será de difícil cumplimiento. De hecho, el usuario en general desconocía el límite de 26ºC y en muchos casos no se cumplía.

Además, se podrían utilizar mayores velocidades de las corrientes de aire en la zona ocupada. Se están empleando grandes ventiladores en centros comerciales que producen velocidades de hasta 1 m/s, mejorando el confort de forma eficiente.

Propuesta 3.- Límite de la temperatura máxima de calefacción
La limitación de la temperatura de calefacción a 21ºC puede bajarse a 20ºC e incidir en su cumplimiento estricto. La limitación de la temperatura en invierno a 19ºC será de difícil cumplimiento si no se prohíbe expresamente el uso de equipos calefactores eléctricos individuales en edificios terciarios con calefacción central.

Por otro lado, será habitual que determinados espacios superen este valor por tener altas cargas internas. Esto podría dar lugar a confusiones porque podría aparentar un incumplimiento del RDL 14/2022, cuando no sería así.

Propuesta 4.- Cierre de puertas
La exigencia del cierre de puertas existe desde 2009. Las prescripciones de eficiencia energética del RITE constituyen el HE2 del Código Técnico de la Edificación y se debe incidir en cómo hacer que se cumpla. Durante estos 12 años, por lo general, no se ha llevado ningún control sobre la existencia de puertas y su obligación de cierre; en locales pequeños (menos de 100 m2) se podría contemplar la alternativa del cierre manual, no obligatoriamente automatizado.

Una vez más, se insiste en la necesidad de reforzar el cumplimiento de las medidas de eficiencia energética.

Propuesta 5.- Publicar los límites de temperaturas por usos
Muchos sectores están justificando la aplicación de temperaturas más bajas por su actividad laboral, como los dedicados a la conservación de los productos o al funcionamiento de equipos informáticos.

Por lo general, la temperatura máxima de cualquier local no debería en ningún caso ser inferior a 25oC cuando se emplean sistemas de refrigeración (a no ser que se permita de forma excepcional). En este sentido, se debe hacer un listado de actividades cuyos límites puedan ser distintos.

Aclarar los usos donde no sean de aplicación los límites de temperaturas del RDL 14/2022.
Se proponen los siguientes límites:
– Caso general: 20oC calefacción, 26oC refrigeración.
– Usos con necesidades de baja temperatura: 19oC calefacción, 25oC refrigeración.
– Actividades excepcionales. Sin límites según RDL 14/2022.

Estos límites deben ser en términos de temperatura operativa*1

Además, en los paneles informativos se debe indicar también la concentración de CO2 y al estado de funcionamiento de la instalación de climatización, es decir, si está produciendo frio o calor, o está sólo en modo ventilación.

*1 La temperatura operativa (definida como la temperatura uniforme de un recinto radiante negro en el cual un ocupante intercambiaría la misma cantidad de calor por radiación y convección que en el ambiente no uniforme real) es, con buena aproximación, la media aritmética entre la temperatura seca del aire y la temperatura radiante media de los cerramientos del local, en consonancia con el hecho de que el cuerpo humano elimina calor por convección y por radiación en partes casi iguales, si la velocidad del aire es menor que 0,2 m/s y la diferencia entre temperatura radiante media y temperatura seca del aire es menor que 4°C.

Propuesta 6.- Evitar la sobreventilación de los espacios mediante medición del CO2
Probablemente, los casos de COVID seguirán durante el invierno. Debe fomentarse el control de la ventilación mediante equipos de medición del CO2, proporcionando límites claros (ejemplo: no más de 500 ppm sobre la concentración exterior para IDA-2) de forma que no se sobreventilen los espacios por apertura descontrolada de puertas y ventanas.

Se debería incidir en que el mantenedor o usuario de la instalación supervise el control de la ventilación para evitar derroches de energía.

Además, tal y como se ha comentado anteriormente, en los paneles informativos se debe indicar también la concentración de CO2.

Propuesta 7.- Fomento de la actualización de los sistemas de ventilación de los edificios existentes
Es necesario que todos los edificios dispongan de sistemas de ventilación mecánica, tal y como exige el Reglamento actual. Los edificios existentes deberían contar con un plazo para el cumplimiento de las exigencias actuales de ventilación, exigencias que consiguen espacios saludables y seguros desde el punto de vista de contagio con altos niveles de eficiencia energética.

Además, para el sector público, las obras de reforma de los sistemas de ventilación se deberían poder contratar por el procedimiento de “imperiosa necesidad”, a efectos de la Contratación Pública.

Propuesta 8.- Evitar derroches en instalaciones portátiles
Dado que los equipos portátiles están fuera del ámbito de aplicación del Reglamento de las Instalaciones Termicas de los Edificios, se instalan en las terrazas con la justificación de que se trata de equipos “portátiles”.

Estos equipos están fuera de toda reglamentación como instalación y suponen un derroche energético muy importante. No parece lógico que se extremen las exigencias en los equipos fijos que funcionen en los interiores de los locales y permitir estos excesos energéticos en el exterior.

Propuesta 9.- Fomento de la rehabilitación energética de los edificios terciarios
El consumo energético de los edificios terciarios puede reducirse de forma importante reformando las instalaciones de climatización, mejorando la iluminación y añadiendo energías renovables. Se debe apostar por ayudas directas a este tipo de soluciones, puesto que su coste por unidad de superficie es asumible y su impacto directo en la reducción del consumo de energía elevado.

Propuesta 10.- Fomento de Instalaciones Térmicas Flexibles y Operables
El RDL 14/2022 fomenta el uso de sistemas de acumulación de energía centralizados pero no considera el almacenamiento de energía después del contador. En este sentido, se considera necesaria una decidida apuesta por la acumulación de energías térmica y eléctrica en los edificios, como medida para que los mismos aporten flexibilidad a la futura producción de energía eléctrica renovable, tal y como se establece en la Estrategia de Almacenamiento Energético y en la propuesta de modificación de la directiva de eficiencia energética en los edificios.

Los usuarios finales pueden ser partícipes en la solución de conseguir un sistema eléctrico cada vez más renovable. Se debe impulsar la vía de la acumulación aguas abajo del contador y el fomento de las instalaciones térmicas flexibles.

Propuesta 11.- Extensión del Procedimiento Negociado sin Publicidad por Causa de Imperiosa Necesidad
Debería extenderse el plazo de este procedimiento más allá de diciembre de 2022. Además, debería permitirse en las reformas que aseguren una ventilación eficiente de los edificios.

La justificación de este procedimiento debe ser clara y por aplicación del RDL 14/2022. En caso contrario, se utilizará escasamente y la medida no producirá el efecto deseado de fomento de la eficiencia energética del sector público.

Propuesta 12.- Fomento de la Eficiencia Energética en Edificios Públicos Existentes
El borrador de la Directiva de Eficiencia Energética de Edificios (DEEE o EPBD), establece que los edificios y las unidades de edificios propiedad de organismos públicos deben alcanzar, a más tardar:


– 1 de enero de 2027, al menos la clase de eficiencia energética F;
– 1 de enero de 2030, al menos la clase de eficiencia energética E;

En este sentido, se deberían fomentar las mejoras en materia de eficiencia energética de los edificios públicos con calificación F y G, dado que antes o después tendrán que hacerlo.

En estos edificios se debe fomentar la producción de energía in situ o próxima. En determinados casos, como hospitales y grandes edificios, no tiene justificación establecer distintas exigiencias por la potencia pico de la instalación, fijada desde hace años en 100 kWp.

Versión 2.0 rev, 22 de agosto de 2022

También te podría gustar...

Deja una respuesta