{"id":673,"date":"2020-03-05T14:05:36","date_gmt":"2020-03-05T13:05:36","guid":{"rendered":"https:\/\/www.atecyr.org\/blog\/?p=673"},"modified":"2021-06-11T10:16:53","modified_gmt":"2021-06-11T08:16:53","slug":"licitar-servicios-energeticos-una-carrera-de-fondo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.atecyr.org\/blog\/2020\/03\/05\/licitar-servicios-energeticos-una-carrera-de-fondo\/","title":{"rendered":"Licitar servicios energ\u00e9ticos: una carrera de fondo por \u00c1lvaro Pastor Peral"},"content":{"rendered":"\n<div class=\"wp-block-media-text alignwide is-stacked-on-mobile\" style=\"grid-template-columns:16% auto\"><figure class=\"wp-block-media-text__media\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"939\" height=\"927\" src=\"https:\/\/www.atecyr.org\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/06\/Alvaro.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-675 size-full\" srcset=\"https:\/\/www.atecyr.org\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/06\/Alvaro.jpg 939w, https:\/\/www.atecyr.org\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/06\/Alvaro-300x296.jpg 300w, https:\/\/www.atecyr.org\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/06\/Alvaro-768x758.jpg 768w, https:\/\/www.atecyr.org\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/06\/Alvaro-500x494.jpg 500w, https:\/\/www.atecyr.org\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/06\/Alvaro-800x790.jpg 800w\" sizes=\"(max-width: 939px) 100vw, 939px\" \/><\/figure><div class=\"wp-block-media-text__content\">\n<p style=\"font-size:24px\"><strong> \u00c1lvaro Pastor Peral<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Vicepresidente agrupaci\u00f3n de Atecyr Comunidad Valenciana<\/p>\n\n\n\n<p>Director de \u00c1rea de Desarrollo Sostenible en APPREZIA MEJORES PR\u00c1CTICAS<\/p>\n<\/div><\/div>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>Como suele suceder en materia de eficiencia energ\u00e9tica, medioambiente y sostenibilidad, las Directivas Europeas marcan el paso sobre <em>el qu\u00e9 y el c\u00f3mo<\/em> transponer a los Estados de la Uni\u00f3n su articulado. <em>El cu\u00e1ndo hacerlo<\/em>, a pesar de establecerse una fecha concreta, suele ser un periodo de tiempo relativo y, en algunas ocasiones \u201cindeterminado\u201d. Sin embargo, y aunque en estos casos suele ser m\u00e1s tarde que pronto, <em>todo llega<\/em>. <\/p>\n\n\n\n<p>La entrada en vigor de la Ley\n9\/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector P\u00fablico (LCSP), con \u201cnada\nm\u00e1s\u201d que 347 art\u00edculos, 53 disposiciones adicionales, 5 transitorias, 1\nderogatoria, 16 finales y 6 anexos, y transposici\u00f3n (parcial) de Directivas\nEuropeas, ha implantado una nueva manera de proceder para la contrataci\u00f3n\np\u00fablica, tanto por parte de las entidades del Sector P\u00fablico como de los\npropios licitadores. Las exigencias de transformaci\u00f3n, modernizaci\u00f3n y,\nsobretodo, de racionalizaci\u00f3n de los recursos de todos (lo p\u00fablico) apuntan\ndirectamente al fomento de los \u201cpoco empleados\u201d contratos de servicios\nenerg\u00e9ticos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 nos trae esta nueva Ley para la contrataci\u00f3n de servicios energ\u00e9ticos? <\/strong>Principalmente, aspectos positivos. Lentos en su preparaci\u00f3n y posiblemente m\u00e1s en su ejecuci\u00f3n, pero con \u201cbrotes verdes\u201d que, a priori, permiten ser optimistas:<\/p>\n\n\n\n<p>El primero de ellos viene de\nEuropa y es claramente dinamizador: Las nuevas reglas de Eurostat para la\ncomputaci\u00f3n de las inversiones en contratos de rendimiento energ\u00e9tico. (Traducido,\nLas Administraciones P\u00fablicas van a poder finalmente invertir en eficiencia\nenerg\u00e9tica y que no compute como deuda).<\/p>\n\n\n\n<p>El segundo, y m\u00e1s cercano: La\nnecesidad de adaptar los contratos de rendimiento energ\u00e9tico al nuevo\nparadigma. Los antiguos contratos de colaboraci\u00f3n p\u00fablico-privada, pensados\npara servicios energ\u00e9ticos, son eliminados y sustituidos, en la pr\u00e1ctica, por\ncontratos con inversi\u00f3n, ya sean mixtos o de concesi\u00f3n de servicios. Rectificar\nes de sabios y, si bien la letra peque\u00f1a de estos \u00faltimos debe ser analizada al\ndetalle, permiten la flexibilidad suficiente al \u00d3rgano de Contrataci\u00f3n para\nplantear sus necesidades a los potenciales Proveedores de Servicios\nEnerg\u00e9ticos.<\/p>\n\n\n\n<p>El tercer brote verde, ya\naterrizado, es la reciente puesta a disposici\u00f3n a consulta p\u00fablica, por parte\ndel IDAE de borradores de pliegos de contrataci\u00f3n de servicios energ\u00e9ticos de\nalumbrado exterior municipal y de los edificios de las administraciones\np\u00fablicas. Esta adecuaci\u00f3n de los modelos existentes, tanto a la LCSP como a la\nGu\u00eda de EUROSTAT, reflejan las ventajas que estos contratos ofrecen para el\nsector p\u00fablico, en los que las inversiones de mejora de la eficiencia energ\u00e9tica\nse financian directamente de los ahorros, siendo el sector privado quien asume\nlos riesgos de las obras e instalaciones necesarias, pudiendo garantizar el\nahorro de energ\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>Bajo este contexto, la futura\npuesta a disposici\u00f3n de los Pliegos definitivos para la contrataci\u00f3n de\nservicios energ\u00e9ticos, tras el an\u00e1lisis de las alegaciones realizadas por los\nagentes del sector, sin duda supondr\u00e1 un elemento incentivador en el Sector\nP\u00fablico, siempre que seamos capaces, entre todos, de difundirlos entre la Administraci\u00f3n,\nespecialmente la del \u00e1mbito local, donde los recursos son m\u00e1s escasos.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"alignleft\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"500\" height=\"264\" src=\"https:\/\/www.atecyr.org\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/06\/AdobeStock_104278045.jpeg\" alt=\"\" class=\"wp-image-674\" srcset=\"https:\/\/www.atecyr.org\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/06\/AdobeStock_104278045.jpeg 500w, https:\/\/www.atecyr.org\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/06\/AdobeStock_104278045-300x158.jpeg 300w\" sizes=\"(max-width: 500px) 100vw, 500px\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>Dicho esto, es tremendamente\npositivo y necesario poner de relieve las iniciativas que ya actualmente se\nest\u00e1n planteando en contrataci\u00f3n p\u00fablica de servicios energ\u00e9ticos, donde si\nbien el alumbrado p\u00fablico es la instalaci\u00f3n por excelencia, cada vez m\u00e1s, los\n\u201cbuscadores\u201d de licitaciones encontramos servicios energ\u00e9ticos incorporados a mantenimientos\ncon garant\u00eda total de las instalaciones el\u00e9ctricas y t\u00e9rmicas de los edificios,\nincluso se\u00f1ales semaf\u00f3ricas reguladoras de la circulaci\u00f3n. Por tanto, y\nsiguiendo con ese optimismo contenido, se observa que el Sector P\u00fablico, en\nmuchos casos apoyado por asociaciones de nuestro sector, inicia procedimientos\nde contrataci\u00f3n de valor a\u00f1adido en materia energ\u00e9tica.<\/p>\n\n\n\n<p>Con esta base, es momento de\npreguntarnos: <em>\u00bfY las empresas, estamos\npreparadas para emprender esta lenta, a veces ingrata y casi siempre larga\ncarrera para licitar servicios energ\u00e9ticos como oportunidad de negocio?<\/em>\nVolviendo a ver el vaso medio lleno, los principios b\u00e1sicos a considerar ya han\nsido identificados. Tienen sus inicios en las propias empresas y su capacidad\nde respuesta ante las exigencias de la LCSP en general y de los propios pliegos\nde contrato de servicios energ\u00e9ticos en particular.<\/p>\n\n\n\n<p>Como aspectos generales, la\nevoluci\u00f3n hacia un modelo de gesti\u00f3n electr\u00f3nica y telem\u00e1tica es clave para\ntransformar una organizaci\u00f3n al uso en \u201clicitadora\u201d. Y por supuesto, con el\napellido de Proveedor de Servicios Energ\u00e9ticos (PSE) bien visible en el\nregistro p\u00fablico de IDAE.<\/p>\n\n\n\n<p>A partir de este momento,\nentramos en un terreno de decisiones empresariales, bien como desarrollo\nestrat\u00e9gico bien por respuesta espec\u00edfica a requisitos medioambientales,\nsociales y de innovaci\u00f3n vinculados al objeto del contrato de servicios\nenerg\u00e9ticos. En cualquiera de los casos, implica la adopci\u00f3n de medidas\nnecesarias en base a criterios que garanticen o, al menos, cubran un amplio\nespectro de las exigencias establecidas.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuando hablamos de \u201cinversi\u00f3n\u201d\no \u201cgarant\u00eda de ahorros\u201d en servicios energ\u00e9ticos, su vinculaci\u00f3n con el\nconcepto de <em>Ciclo de Vida<\/em> que se\nintroduce en la LCSP adquiere una especial dimensi\u00f3n. El an\u00e1lisis del coste de\nciclo de vida como posible criterio de adjudicaci\u00f3n ya sean obras, suministros\no servicios, implica un planteamiento de los costes de adquisici\u00f3n, operaci\u00f3n,\nmantenimiento, recogida, reciclado y otros costes medioambientales, impacto\necon\u00f3mico asociado a reparaciones, reposiciones, amortizaciones, consumibles\netc. Este an\u00e1lisis es, de hecho, la base de cualquier contrato de rendimiento\nenerg\u00e9tico, fundado en la experiencia y conocimiento del PSE.<\/p>\n\n\n\n<p>T\u00e9cnicamente, la prestaci\u00f3n de\nservicios energ\u00e9ticos, con garant\u00eda de ahorro e inversi\u00f3n, pueden (y deber\u00edan)\nser considerados de tipo intelectual. En los criterios de valoraci\u00f3n de estos\ncontratos se podr\u00eda tener en cuenta la propuesta t\u00e9cnica en t\u00e9rminos de\nrentabilidad (relaci\u00f3n coste-eficacia), el curr\u00edculum y experiencia del equipo\nde trabajo, siendo posible como condici\u00f3n especial de contrataci\u00f3n la\ncertificaci\u00f3n de un sistema de calidad en el que el objeto del contrato est\u00e9\nincluido en su alcance. Elemento diferenciador podr\u00eda suponer la certificaci\u00f3n\nde PSE conforme a Norma UNE-216701, de Clasificaci\u00f3n de Proveedores de\nServicios Energ\u00e9ticos, o la propia certificaci\u00f3n de verificaci\u00f3n de ahorros\nenerg\u00e9ticos seg\u00fan protocolos y est\u00e1ndares de reconocido prestigio.<\/p>\n\n\n\n<p>El\ngrado de soluciones innovadoras aplicadas por los PSE en materia de Facility\nManagement de los edificios, el uso de tecnolog\u00edas SMART \u2013 IOT \u2013 4.0 y su\nempleo acreditado en contratos de servicios energ\u00e9ticos, as\u00ed como las\ncertificaciones en gesti\u00f3n energ\u00e9tica o ambiental, registro de la Huella de\nCarbono, c\u00e1lculo de la Huella H\u00eddrica, etc. supondr\u00edan un valor a\u00f1adido a la\nsolvencia t\u00e9cnica y profesional, no s\u00f3lo para la valoraci\u00f3n de la empresa, sino\ncomo condicional especial para poder ser contratados.<\/p>\n\n\n\n<p>Por\n\u00faltimo, y no menos importante, es la pol\u00edtica social y RSC. La inclusi\u00f3n de\ncriterios sociales en la contrataci\u00f3n de servicios energ\u00e9ticos puede ser\nplanteada de forma muy heterog\u00e9nea por los \u00f3rganos licitadores: Planes de no\ndiscriminaci\u00f3n e igualdad, porcentaje de trabajadores con discapacidad o en\nsituaci\u00f3n de exclusi\u00f3n social, n\u00famero de trabajadores fijos con discapacidad, personas\ntrabajadoras en inclusi\u00f3n, porcentaje de contratos temporales, mujeres\nempleadas en la plantilla, etc. Pueden ser criterios de adjudicaci\u00f3n o\ndesempate, que determinan la valoraci\u00f3n final de los licitadores.Esta misma disparidad de criterios se\nobserva en los casos de subrogaci\u00f3n de personal de mantenimiento, con el claro\nobjetivo de protecci\u00f3n frente al desempleo y de preservaci\u00f3n de derechos\nlaborales por parte de los \u00f3rganos de contrataci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin lugar a dudas, esta\nvariedad de criterios implica un estudio pormenorizado de cada contrato, con el\nobjetivo de comparar la solvencia y capacidad solicitada en sus pliegos, y los\nrequisitos de la LCSP, frente al plan estrat\u00e9gico y las medidas efectivamente\nimplantadas en el PSE, para determinar si es posible (o no) optar a un contrato\nde servicios energ\u00e9ticos en particular.<\/p>\n\n\n\n<p>Por todo ello, <em>\u00bfadoptar todas estas medidas implica estar\nlistos para participar en cualquier procedimiento de contrataci\u00f3n de servicios\nenerg\u00e9ticos?<\/em> La respuesta no puede ser un S\u00ed categ\u00f3rico. Sin embargo, <em>\u00bfdisponemos de un marco normativo favorable,\nlos recursos para su cumplimiento, el estado de la t\u00e9cnica, el conocimiento y\nel equipamiento para abordar un contrato de servicios energ\u00e9ticos de\ninstalaciones p\u00fablicas desde la iniciativa privada?<\/em> La respuesta, siendo\nobjetivos en lugar de optimistas, es un S\u00ed. \u201cS\u00f3lo\u201d queda por difundir de forma\ndecidida este modelo de contrataci\u00f3n entre el Sector P\u00fablico. Tenemos todas las\npiezas encima de la mesa: junt\u00e9moslas, formemos e informemos, tanto como\nestrategia empresarial como para conseguir una gesti\u00f3n eficiente de los\nrecursos comunes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Bibliograf\u00eda<\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul><li>Gu\u00eda para el tratamiento estad\u00edstico de los\ncontratos de rendimiento energ\u00e9tico. EUROSTAT.<\/li><li>Ley 9\/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del\nSector P\u00fablico, por la que se transponen al ordenamiento jur\u00eddico espa\u00f1ol las\nDirectivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014\/23\/UE y 2014\/24\/UE, de 26\nde febrero de 2014.<\/li><li>Borradores de modelos de pliegos de cl\u00e1usulas\nadministrativas y t\u00e9cnicas para la contrataci\u00f3n de los servicios energ\u00e9ticos\ndel alumbrado exterior municipal. Instituto para la Diversificaci\u00f3n y Ahorro de\nla Energ\u00eda (IDAE).<\/li><li>Borradores de modelos de pliegos de cl\u00e1usulas\nadministrativas y t\u00e9cnicas para la contrataci\u00f3n de los servicios energ\u00e9ticos de\nlos edificios de las administraciones p\u00fablicas. Instituto para la\nDiversificaci\u00f3n y Ahorro de la Energ\u00eda (IDAE).<\/li><li>Norma UNE 216701 Clasificaci\u00f3n de proveedores\nde servicios energ\u00e9ticos.<\/li><li>Real Decreto 56\/2016, de 12 de febrero, por el\nque se transpone la Directiva 2012\/27\/UE del Parlamento Europeo y del Consejo,\nde 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energ\u00e9tica, en lo referente\na auditor\u00edas energ\u00e9ticas, acreditaci\u00f3n de proveedores de servicios y auditores\nenerg\u00e9ticos y promoci\u00f3n de la eficiencia del suministro de energ\u00eda.<\/li><\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00c1lvaro Pastor Peral Vicepresidente agrupaci\u00f3n de Atecyr Comunidad Valenciana Director de \u00c1rea de Desarrollo Sostenible en APPREZIA MEJORES PR\u00c1CTICAS Como suele suceder en materia de eficiencia energ\u00e9tica, medioambiente y sostenibilidad, las Directivas Europeas marcan&#46;&#46;&#46;<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":1373,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":"","_vp_format_video_url":"","_vp_image_focal_point":[]},"categories":[4],"tags":[],"post_mailing_queue_ids":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.atecyr.org\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/673"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.atecyr.org\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.atecyr.org\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.atecyr.org\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.atecyr.org\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=673"}],"version-history":[{"count":10,"href":"https:\/\/www.atecyr.org\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/673\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2027,"href":"https:\/\/www.atecyr.org\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/673\/revisions\/2027"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.atecyr.org\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1373"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.atecyr.org\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=673"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.atecyr.org\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=673"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.atecyr.org\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=673"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}